El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Toledo ha decidido presentar una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, respecto a la normativa que suspende la carrera profesional de los sanitarios en Castilla-La Mancha. Esta acción se centra en un apartado de la ley que regula el sistema de carrera profesional para el personal estatutario de formación profesional y el personal de gestión y servicios del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam).
Dicha decisión se produce en el contexto de un recurso contencioso administrativo interpuesto por la Unión de Sindicatos Independientes de Castilla-La Mancha (Usicam), que solicitaba el inicio de un proceso para el reconocimiento de grados en la carrera profesional. Este recurso se presentó tras la desestimación por silencio administrativo de las reclamaciones hechas en mayo y junio de 2022.
En la sentencia, se plantea una posible violación de los Artículos 14 y 149.1.18 de la Constitución Española. La jueza analiza el apartado cuarto de la Disposición Derogatoria de la Ley 1/2012 de 21 de febrero, que establece la suspensión del reconocimiento y el pago de los grados I, II, III y IV de la carrera profesional. También se hace referencia al Decreto 62/2007, de 22 de mayo.
Las actuaciones quedarán en suspenso de forma provisional hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre la admisión de la cuestión. Una vez que se emita la resolución, el procedimiento permanecerá en espera hasta que el Tribunal Constitucional emita un fallo definitivo.
La jueza ha manifestado su preocupación por el trato desigual que reciben los profesionales de la salud en Castilla-La Mancha en comparación con sus colegas de otras comunidades autónomas, donde se reconoce y retribuye el derecho a la carrera profesional. Destaca que esta discrepancia pueda ser injustificada y discriminatoria, vulnerando el Derecho Fundamental a la Igualdad consagrado en el Artículo 14 de la Constitución Española. Según la magistrada, durante 13 años no se ha proporcionado una justificación objetiva y razonable para esta diferencia en el tratamiento.
La situación se agrava en el caso de aquellos sanitarios que, al trasladarse desde otras comunidades, obtienen su grado correspondiente de carrera profesional, pero al volver a Castilla-La Mancha deben homologar su estatus, lo que crea marcadas disparidades entre profesionales de distintas regiones. La jueza enfatiza que la medida de suspensión prevista en la normativa podría resultar en un trato desigual y discriminatorio respecto a sanitarios de diversas categorías en otras comunidades autónomas que sí reciben reconocimiento y retribución por su carrera profesional.
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