El Tribunal Supremo ratifica la absolución de un hombre acusado de intentar matar a un médico debido a su estado de intoxicación
El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución de un hombre diagnosticado con un trastorno de personalidad límite, quien fue acusado de intentar asesinar a un médico que respondió a una llamada de emergencia de su madre. Esta alerta se produjo tras una agresión al padre del acusado. Los magistrados han señalado que la decisión se fundamenta en el estado de “intoxicación plena” por alcohol y drogas en que se encontraba el imputado en el momento de los hechos.
En la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el alto tribunal indicó que, dado que la decisión inicial ya corroboró que el acusado estaba intoxicado, no se podía alterar la absolución. Sin embargo, dos de los cinco magistrados, el presidente en funciones de la Sala de lo Penal, Andrés Martínez Arrieta, y el magistrado Vicente Magro, emitieron un voto particular en desacuerdo.
Los eventos sucedieron durante una madrugada de junio de 2018, cuando el acusado, después de consumir alcohol y drogas, agredió a su padre. Ante la situación, su madre contactó a los servicios de emergencia. A la llegada del médico y una enfermera, el acusado, armado con un palo de gran tamaño, salió violentamente y golpeó al médico varias veces en la cabeza, con la intención de causarle la muerte.
Como resultado de la agresión, el médico sufrió un traumatismo craneoencefálico grave, lo que requirió un largo proceso de recuperación, incluyendo más de un año de rehabilitación. Las secuelas de la agresión afectaron significativamente su autonomía personal y laboral, llevando a su declaración de incapacidad permanente.
La Audiencia Provincial de Toledo absolvió al acusado de intento de asesinato, invocando la eximente de responsabilidad criminal debido a su intoxication, y le impuso una pena de internamiento en un centro de deshabituación, además de ordenarle indemnizar al médico y a otros afectados. Esta decisión fue apelada por el Colegio de Médicos de Toledo, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Fiscalía, quienes argumentaron que se violó el derecho a la tutela judicial efectiva y que no se debió aplicar la eximente.
Sin embargo, el Tribunal Supremo desestimó estos argumentos, afirmando que el acusado no era consciente de que su víctima era un funcionario, lo que impedía su condena por atentado. También destacó que los informes médicos confirmaban un estado de intoxicación tan extremo que afectaba su capacidad para distinguir entre el bien y el mal.
Finalmente, a pesar de los desacuerdos expresados en el voto particular, el alto tribunal reafirmó su decisión, manteniendo la orden de internamiento y los pagos de indemnización establecidos en instancias anteriores.