Reescritura del Artículo
D.S.Z.C, acusado del homicidio de su compañero de piso A.G.M.M tras un apuñalamiento ocurrido en mayo de 2022 en Yeles (Toledo), ofreció disculpas a la familia de la víctima durante su alegato final en el juicio con jurado popular, que concluyó este miércoles en la Audiencia Provincial de Toledo. En su intervención, afirmó: «No me justifico por haber cometido este hecho», mientras los miembros del jurado escuchaban las conclusiones del Ministerio Fiscal y de la defensa.
El Ministerio Fiscal, que inicialmente había solicitado una pena de 25 años de prisión, ha cambiado de postura y ahora pide 15 años. Durante una exposición de cincuenta minutos, el fiscal argumentó que había fundamentos para solicitar un veredicto de culpabilidad por un delito de asesinato con alevosía, teniendo en cuenta la atenuante de la confesión del acusado, pero excluyendo el agravante de ensañamiento. Según el fiscal, D.S.Z.C persiguió a A.G.M.M durante una discusión y, tras el primer ataque con un cuchillo, la víctima quedó indefensa en el portal. «No hay duda de que el ataque es alevoso. No puede moverse para defenderse», subrayó el representante de la Fiscalía.
En cuanto al ensañamiento, el fiscal indicó que, aunque se dieron más de 50 heridas, se debe demostrar que el acusado tenía la intención de infligir sufrimiento a la víctima antes de matarla. “Cuando el propósito es simplemente causarle la muerte, no se puede afirmar que tenga la intención de causar sufrimiento”, argumentó.
Por su parte, el abogado de la defensa solicitó al jurado que evaluara tres hechos concretos: si el acusado mató a la víctima, lo que sucedió en el portal y los eventos dentro de la vivienda. Aunque la culpabilidad parece clara por la admisión de los hechos por parte del acusado, el segundo punto es más controvertido debido a las discrepancias en las versiones presentadas. La defensa alegó que no se puede atribuir riesgo de fuga al acusado, quien, según su abogado, está dispuesto a asumir su responsabilidad y aceptaría la pena de 15 años. «Es consciente de que lo que hizo está mal, aunque en ese momento sintió que tenía la obligación de actuar así”, comentó el letrado.
La defensa subrayó que la intención de su cliente no era infligir dolor prolongado a la víctima, sino acabar con su vida, lo que llevó a renunciar a la atenuante de ensañamiento. En lo que respecta a la alevosía, será un aspecto que el jurado deberá determinar, teniendo en cuenta los acontecimientos dentro de la vivienda.
Finalmente, el juez se retiró para redactar el objeto del veredicto, el cual será entregado al jurado para su correspondiente deliberación.
La noticia original se puede consultar en Diario de Castilla-la Mancha.